Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTTUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
II.3.
II.3. El acta de registro de audiencia de cesación a la detención preventiva de 23 de junio de 2014, evidenció que dicho acto procesal fue suspendido señalándose nueva fecha con la misma finalidad para el 26 del citado mes y año, con el argumento que existía observación en cuanto al informe evacuado por la Secretaria de Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, debido a que no se habría notificado a las partes en relación a las pruebas (fs. 18 y vta.).