AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0054/2015-RCA

Fecha: 06-Mar-2015

improcedente

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Resolución 35/2015 de 4 de febrero, cursante de fs. 502 a 503 vta., constituida en Tribunal de garantías, declaró improcedente in límine la acción de amparo constitucional, fundamentando que el accionante fue notificado el “7 de julio de 214” (sic) con el Auto Supremo 168 de 4 de julio de 2014; siendo que la demanda tutelar fue interpuesta el 2 de febrero de “2014” (sic), habiendo transcurrido seis meses y veinticinco días de haber tomado conocimiento del Auto antes mencionado, que acusó de vulneratoria de sus derechos, incumplió el plazo establecido por los arts. 129.II de la CPE y 55.I del Código Procesal Constitucional (CPCo), para la activación de la acción, referido al principio de inmediatez, consistente en que toda persona agraviada debe buscar la protección de sus derechos lesionados en forma rápida, término que se computa a partir del conocimiento del hecho, o de emitida la última resolución administrativa o judicial que causó el agravio, no siendo posible mantener de manera indefinida la posibilidad de la interposición de la acción de defensa constitucional, invocando en lo pertinente en entendimiento asumido en las SCP 0040/2012 de 26 de marzo.