AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2015-CA

Fecha: 06-Mar-2015

Fragmento 12

Por otro lado, los representantes del partido político MSM, impugnan la frase: “Por no haber obtenido más del tres por ciento del total de votos válidos en la última elección a la que concurrieron” del art. 44.II de la LPPo, por ser presuntamente contrario a los arts. 14.II, 146.IV de la CPE; 25 del PIDCP; y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.