SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2015

Fecha: 12-Mar-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes cuestionan la constitucionalidad en la forma y en el fondo del Artículo Único del DS 1697, por supuestamente contravenir las normas constitucionales previstas en los arts. 46, 56, 109, 115, 393, 397, 399 y 410.II de la CPE, debido a que la norma impugnada no es el instrumento idóneo para interpretar una ley, ya que tal tarea sólo puede ser encomendada a una ley interpretativa emanada por la Asamblea Legislativa Plurinacional, y por otra parte, el contenido de la misma vulnera los derechos al debido proceso en su elemento a la legalidad, defensa, igualdad, propiedad y a los principios de seguridad jurídica, jerarquía normativa y reserva de ley, al determinar sin proceso previo la ilegalidad de las posesiones de tierras en el área de BOLIBRAS e instruir al INRA a ejecutar procesos de saneamiento sobre sus propiedades cuando estas se encontraban debidamente saneadas.