Sentencia Constitucional Plurinacional 0031/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0031/2015

Fecha: 12-Mar-2015

Fragmento 2

En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta contra la Disposición Final Vigésima del DS 29215 e inc. f) del art. 110 del DS 29894, la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, declaró la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta, argumentando que la problemática planteada ya fue resuelta mediante la SCP 1991/2014 de 1 de diciembre. En este sentido, el Fundamento Jurídico central que motivó la declaratoria de la improcedencia de la acción de inconstitucionalidad concreta, se basó fundamentalmente en el entendimiento de la cosa juzgada constitucional, que surge de la previsión normativa contenida en el art. 78.I del Código Procesal Constitucional (CPCo); sin embargo, la SC 0101/2004 de 14 de septiembre, aclaró que la declaratoria de constitucionalidad de una norma de carácter infra-constitucional, no impide someter a un nuevo juicio de constitucionalidad, sobre la base de nuevos fundamentos, ya que la prohibición radica en efectuar un nuevo examen de constitucionalidad sobre el mismo fundamento.