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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2015-S3

    Fecha: 05-Mar-2015

    i)

    Los accionantes a través de su representante sin mandato consideran como vulnerado su derecho a la libertad, por cuanto: i) Fueron detenidos en el Juzgado a cargo de la autoridad demandada sin explicación alguna; y, ii) La Jueza demandada, no publicitó el mandamiento de aprehensión ni el cuaderno de investigaciones.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • i)
    • III.1.  La comparecencia del declarado rebelde ante la autoridad judicial en la audiencia que le fue señalada deja sin efecto el mandamiento de aprehensión
    • el solo hecho de pagar las costas de rebeldía y presentar un memorial no aseguran la presencia ni el sometimiento de la imputada al proceso
    • III.2.  Supuestos de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido. Jurisprudencia reiterada
    • CONFIRMAR

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