Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2015-S3
Fecha: 05-Mar-2015
2º Se exhorta
2º Se exhorta al Juez demandado a tener mayor cuidado en atender de manera adecuada las solicitudes vinculadas con la libertad, ya que éstas conforme los Fundamentos jurídicos de la presente Resolución que son uniformes con la jurisprudencia de este Tribunal Constitucional Plurinacional, deben ser atendidas de manera rápida y oportuna.