Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0235/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
II.1.
II.1. Edgar Villarroel Gil -ahora accionante-, mediante memorial presentado el 20 de agosto de 2014, ante el Juez Decimocuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, habiéndose beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva, solicitó se expida a su favor el respectivo mandamiento de libertad, indicando haber cumplido con el pago de la fianza económica fijada, tal como acreditaría a partir del certificado de cancelación de la misma y adjuntando el certificado de arraigo correspondiente (fs. 4 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin que ello signifique, que el Juez de Instrucción pierda competencia para hacer efectiva la solicitud de cesación de la detención preventiva, que fue concedida, una vez que ha sido remitida la causa ante el Tribunal de Sentencia para el correspondiente proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR