SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2015-S3

Fecha: 11-Mar-2015

el 2 de julio de 2014 presentaron denuncia contra Claudio Antonio Arevalo -ahora accionante- y otros por la supuesta comisión del delito de Estafa,

         Del Informe presentado por Santos Condori Quispe -ahora codemandado-, ante el Director Provincial de la FELCC Sacaba y el Fiscal de materia de Sacaba, se tiene que Celestino Sánchez y Rene Rolando Revollo Villazon, en representación de Eliodoro Soria Quinteros, Juan Carlos Sánchez Ledezma, Alfredo Magne Ugarte, Gipson Javier Coca Iturias y Juan Guiller Uribe, el 2 de julio de 2014 presentaron denuncia contra Claudio Antonio Arevalo -ahora accionante- y otros por la supuesta comisión del delito de Estafa, habiéndose recepcionado la declaración de las víctimas, señala también dicho informe que al existir varias personas víctimas del hecho y que denuncian al accionante, solicitaron al representante del Ministerio Público emita la orden de aprehensión fundamentada, al existir suficientes elementos de convicción ya que el accionante fue plenamente identificado por las víctimas. Por otra parte, se tiene la citación de 15 de agosto de 2014 a nombre de Claudio Arevalo, suscrita por el Fiscal de Materia, para que éste presente su declaración informativa y asuma defensa de la investigación seguida en su contra.

         En ese orden, correspondía que el accionante acuda al Juez que ejerce el control jurisdiccional del proceso en la etapa preparatoria del mismo, pues al no haber ocurrido así, opera en el presente caso la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad lo cual imposibilita a esta Sala a ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, debiéndose denegar la tutela solicitada.