Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2015-S2
Fecha: 20-Mar-2015
II.6.
II.6. Una vez radicado el expediente en el Juzgado de la causa, los demandantes, solicitan se tasen las costas procesales y la regulación de honorarios profesionales, la cual es rechazada por la Jueza demandada mediante Auto 160/14, conminando al mismo tiempo a la reincorporación laboral y procede a elaborar la liquidación de salarios, aguinaldos y “otros”, por lo que es recurrido en apelación por conminar reincorporación y liquidar sueldos sin que sea solicitado por la parte interesada (fs. 2 a 6 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- persecución indebida
- debido
- III.2.De la emisión del de mandamiento de apremio en procesos laborales.
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR