SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0354/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

denegó

El Juez Primero de Partido, de Sentencia Penal y Mixto de Bermejo del departamento de Tarija, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 3 de septiembre de 2014, cursante de fs. 55 vta. a 60, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Al remitirse el expediente en revisión al Tribunal Constitucional Plurinacional, existe un óbice para constatar la realización del acto lesivo, la intervención; y, la decisión y responsabilidad del Juez demandado; ii) De las copias presentadas se tiene que la audiencia de consideración de la primigenia acción de libertad se realizó, aspecto que fue solicitado por el ahora accionante; además, la jurisprudencia establece que no se puede pretender corregir errores y demoras de otra acción de libertad, existiendo simultaneidad de ambas, cuando el actor puede acudir a la instancia disciplinaria; iii) La dilación o indebido procedimiento podrán ser objeto de análisis cuando el Tribunal Constitucional Plurinacional, proceda a revisar la referida acción, lugar a donde puede acudir el hoy accionante; por ello, la petición de remisión de ambas acciones en revisión es inadmisible; y, iv) En cuanto a la intervención del Notario de Fe Pública en un acto como el de constatar que no existe resolución en un juzgado o cualquier otra cuestión, resulta irregular, al no estar autorizado dicho funcionario para dar fe sobre estos aspectos.