AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2015-RCA

Fecha: 21-Abr-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 6 de marzo de 2015, cursante de fs.10 a 12 vta., la accionante manifiesta que, el 22 de mayo de 2004 contrajo matrimonio con Gastón Wigner Pancata Copana, con quién procreó tres hijos menores de edad, dos varones y una niña, realizaron construcciones de una vivienda y un wally en el terreno del padre de su esposo ubicado en la Localidad de Huachaca, Plaza 24 de Julio, en el cual habitó 17 años.

Agregó, que por el comportamiento de su esposo, llegó a instaurar un proceso de divorcio, el que se encuentra en recurso de apelación de sentencia; y a partir de ello, se quedó con la tenencia de su hija ocupando tres ambientes en el domicilio de la localidad de Huachaca, el 23 de febrero de 2015 se ausentó a la ciudad de El Alto a visitar a sus padres y cuando retornó el 28 del mismo mes y año, a horas 20:30 aproximadamente, encontró los ambientes que ocupaba con otro candado, impidiendo el ingreso, hecho comprobado por la Policía.

Agregó, que si bien existen otros mecanismos legales para hacer valer su derecho como el interdicto de recobrar la posesión, acude a esta vía constitucional por la tutela inmediata que requiere respecto a su derecho a la vivienda, por la necesidad que tiene de contar con un lugar donde pernoctar, de cambiarse de ropa y preparar su alimento para ella y su hija.