AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0090/2015-RCA

Fecha: 21-Abr-2015

I.5. Síntesis de la impugnación

La accionante por memorial presentado el 20 de marzo de 2015, cursante de fs. 22 a 23 vta., impugnó la Resolución 01/2015 de 16 de marzo, pronunciada por el Juez de garantías, señaló que en el primer memorial indicó que el derecho que se vulneró fue a la vivienda ligada a la posesión, ratificado también por su memorial de aclaración; asimismo aclaró que los demandados, le cerraron las puertas de ingreso a las habitaciones que ocupaba con su pequeña hija, acto que constituye justicia por mano propia; y; ante tal hecho ilegal, opera la restitución del derecho vulnerado a través de la acción de amparo constitucional prescindiendo del principio de subsidiariedad, así lo señalaron las SSCC 0998/2012 de 5 de septiembre y 1958/2013 de 14 de noviembre, incluso la última refiriéndose al derecho a la vivienda, señaló que este derecho no puede estar supeditado a formalidades o requisitos como se estableció en la Resolución 01/2015 ahora impugnada, por lo que en mérito a dicho fundamento, pide se revoque la resolución impugnada y se admita la acción e ingresen al análisis de fondo de la causa.