Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0168/2015-CA
Fecha: 30-Abr-2015
consulta
En consulta la Resolución 89/2015 de 24 de marzo, cursante de fs. 24 a 30 vta., pronunciada por la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por “AGRICOLA GANADERA BJ RANCH S.A., representada legalmente por Adolfo Efner Cerruto Salazar, demandando la inconstitucionalidad del parágrafo I de la Disposición Final Vigésima del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007 e inc. f) del art. 110 del DS 29894 de 7 de febrero de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 8, 9.2, 13, 115.II, 119.I, 123, 178, 256.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- que determina que la finalidad del proceso contencioso administrativo agrario es el control de legalidad por el Tribunal Agroambiental sobre las actuaciones del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA),