SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0336/2015-S3

Fecha: 09-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 14 de agosto de 2014, a horas 06:30 aproximadamente, un grupo de personas entre ellos los ahora demandados, se hicieron presentes en las instalaciones del CODEPEDIS Tarija, procediendo a colgar carteles e impedir el ingreso tanto a los funcionarios de la institución como a las personas que acudían a dichas oficinas; medida que se mantuvo subsistente hasta la interposición de la presente acción de defensa.

Carmen Hinojosa, codemandada, junto a otras personas, se apostaron en una vagoneta en la entrada de la referida institución impidiendo la salida o ingreso de movilidades de la misma. Se presentó un funcionario de la Unidad de Comunicación con la finalidad de registrar las medidas de hecho; empero, al percatarse de su presencia con violencia fue echado no sin antes ser despojado de la cámara fotográfica.

Señaló que dichas medidas de hecho, fueron asumidas con la finalidad de ser alejada del cargo público que viene desempeñando de manera legal y continua conforme el memorándum otorgado por el Gobernador interino del departamento de Tarija; y, que la Policía Boliviana tiene la obligación de mantener expeditas las vías de tránsito más no la restitución de los derechos restringidos, suprimidos o amenazados.