Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0347/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
II.4.
II.4. Se procedió a la elaboración de la nueva liquidación en fecha 05 de marzo de 2014, determinándose la suma de Bs50 772,50 y $us77 982, por otro lado se dispuso el conocimiento de las partes debiendo notificarse de forma personal (fs. 22 a 23 vta.), seguidamente se realiza la notificación a Rubens Remberto Monasterio Mendoza con la nueva liquidación (fs. 27).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones de forma simultánea
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR