SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en su elemento fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales, y a la “seguridad jurídica”, toda vez que, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a denuncia y posterior querella presentada por su parte, se imputó formalmente a Ronaldo Duglas Altamirano Venegas, Rossy Tarifa Huanca y Julia Vargas Flores, por la presunta comisión del delito de hurto, quienes suscitaron incidente de nulidad de esa imputación formal, por incumplir con el art. 302 del CPP, que fue rechazado por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, por Resolución 386/2013 de 16 de agosto, contra el que interpusieron recurso de apelación incidental; instancia en la cual, los Vocales demandados, emitieron la Resolución 205/2013 de 8 octubre, revocando la Resolución apelada y declarando probado el incidente, sin señalar si se dictará una nueva imputación, se rechazará la denuncia o se anulará obrados hasta el vicio más antiguo, dejándola de esta manera en total estado de indefensión, por lo que, esa determinación carece de la debida fundamentación, impugnándola a través de la presente acción tutelar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Debido proceso y la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13