Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2015-S1
Fecha: 17-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alegó vulneración a sus derechos al debido proceso, a la libertad y al acceso a una justicia pronta y sin dilaciones, toda vez que dentro del proceso penal que se sigue en su contra por la presunta comisión del delito de abuso sexual, solicitó la cesación a la detención preventiva, la cual fue denegada por el Juez de la causa, razón por la que interpuso recurso de apelación que hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar no fue elevado ante el Tribunal de alzada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- De donde se colige que, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional sentada por el Tribunal Constitucional, el habeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR