Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0368/2015-S1
Fecha: 21-Abr-2015
II.4.
II.4. El 13 de enero de 2014, Daniel Santalla Torrez, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, dicta RM 044/14, por la que se dispuso que se revoque la RA 240/13 y la conminatoria de reincorporación J.D.T.L.P/D.S.27477-ART. 5/D.S.0495/FJL/035/2013, emitidos por la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz y se dispuso la reincorporación inmediata del accionante a su fuente laboral, por retiro injustificado e intempestivo, sin previo aviso y no por discapacidad laboral (fs. 9 a 15).
- injustificado
- a)
- “desestimar”
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3.La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 10
- III.4. Sobre el principio de inmediatez
- III.5. Respecto a la conminatoria de reincorporación
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16