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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2015-S3

    Fecha: 08-Abr-2015

    I.2.2. Informe de la autoridad demandada

    Jorge Martín Castillo Muñoz, Juez Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -ahora demandado-, no presentó informe alguno, únicamente el Secretario del Juzgado Primero de la misma materia y departamento, en suplencia legal, mediante informe escrito presentado el 23 de septiembre de 2014, cursante a fs. 10, señaló que dicho Juzgador, se encontraba con baja médica y hasta ese momento no se designó su suplente.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.2.  Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • a)    Respecto de la falta de resolución de la complementación y enmienda
    • b)    Respecto de la falta de remisión, al superior en grado, de la apelación incidental
    • CONFIRMAR en parte

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