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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2015-S3

    Fecha: 08-Abr-2015

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    La accionante por medio de su representante, indica como vulnerados los derechos al debido proceso y a la libertad; por cuanto, habiendo presentado una complementación y enmienda e interpuesto recurso de apelación incidental, no fue resuelta la primera, ni remitida al superior en grado la segunda; por lo que, el Juez demandado, incurrió en una mora procesal indebida, desconociendo además los plazos procesales.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
    • III.2.  Casos de inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • a)    Respecto de la falta de resolución de la complementación y enmienda
    • b)    Respecto de la falta de remisión, al superior en grado, de la apelación incidental
    • CONFIRMAR en parte

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