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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2015-S1

    Fecha: 22-Abr-2015

    II.3.

    II.3. El 17 de septiembre de 2014, Benito López Acosta y Esteban Choque Veizaga -hoy accionantes- presentaron memoriales ante la Jueza de Instrucción Mixto y Cautelar, solicitando audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, siendo providenciados los mismos el 18 del mismo mes y año, señalándose audiencia de cesación a la detención preventiva, para el 2 de octubre de similar año (fs. 62 a 63 y 66 a 67).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • III.3. Del control jurisdiccional de la investigación
    • Fragmento 12
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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