SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0393/2015-S3
Fecha: 22-Abr-2015
III.2. Análisis del caso concreto
Los accionantes a través de su representante, alegan que se les vulneró el derecho a la inviolabilidad de su domicilio, al debido proceso y a la seguridad jurídica; toda vez que, los representantes de la ABT Beni, ingresaron a los predios de la Sociedad BOLIVIA MAHOGANY S.R.L., y facultados por un mandamiento de allanamiento procedieron al decomiso y depósito de la madera aserrada que se encontraba en los galpones y horno de secado de dicha Sociedad, también indican que fueron sometidos a procesos administrativos por la nombrada institución; asimismo, existe el riesgo inminente del deterioro de la madera decomisada; es decir, habría un daño irreparable que posibilita aplicar la excepción a la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional.