Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2015-CA
Fecha: 11-May-2015
I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
Por decreto constitucional de 13 de enero de 2015 (fs. 272), la Comisión de Admisión dispuso, se remita documentación complementaria; suspendiendo el plazo para dictar resolución, y una vez arrimada la misma, por providencia de 20 de abril de 2015, se dispuso la reanudación del plazo (fs. 322), encontrándose la presente resolución dentro de plazo.
- Ministro de Minería y Metalurgia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- II.3. Análisis del caso concreto
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR