Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0177/2015-CA
Fecha: 11-May-2015
Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia
En consulta la Resolución 075/2015 de 2 de marzo, cursante de fs. 18 a 21 vta., pronunciada por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada por Carlos Wilson Fernández Ribera, Roberto Bulucua López y Rodolfo Raúl Sanjinés Elizagoyen en representación legal de KAWAMOTO S.R.L., demandando la inconstitucionalidad de los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por ser presuntamente contraria al art. 180.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- constitucionalidad de una norma contenida en una Ley
- II.3. Sentencias que declaran la constitucionalidad de la norma
- i) Se impugne una norma, cuya constitucionalidad fue declarada en una anterior Sentencia Constitucional, con otros argumentos de inconstitucionalidad
- II.4. Del juicio de constitucionalidad de los arts. 416 y 417 del CPP
- II.5. Análisis del caso concreto