AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0187/2015-CA

Fecha: 14-May-2015

rechazó

Por Resolución de 17 de abril de 2015, cursante de fs. 197 a 201 vta., la Jueza Disciplinaria Tercera del Consejo de la Magistratura del departamento de Cochabamba, rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta contra los         arts. 188.I.4 de la LOJ; 1, 9.11; 12.4 y 5 del Reglamento de la Unidad Nacional de Transparencia del Consejo de la Magistratura; aprobado por Acuerdo 42/2014;         1, 4.I. inc. d) y e); 8 y 57 del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, aprobado mediante Acuerdo 75/2013 de 23 de abril, emitido por el mismo Consejo, con los siguientes fundamentos: 1) La accionante no describió de qué forma las leyes cuestionadas son contrarias a la Constitución Política del Estado, tan solo se limitó a señalar que las mismas son inconstitucionales, indicando tan solo argumentos inconsistentes y sin fundamento legal, solo para eludir su responsabilidad disciplinaria; y, 2) La accionante no cumplió con los requisitos que establece la Ley Suprema para la interposición de la acción de inconstitucionalidad concreta.