Sentencia: 0576/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0576/2015-S2

Fecha: 26-May-2015

Fragmento 15

En consecuencia, por los argumentos expuestos, corresponde conceder la tutela de la acción de libertad en relación al derecho a la vida y a la salud, en función a que la declaratoria de rebeldía que dio lugar a la emisión del mandamiento de aprehensión; constituye indudablemente una amenaza desproporcionada y un exceso, máxime si el accionante está aquejado por una enfermedad cuyo episodio es susceptible de quebrantarla o desmejorarla, con imprevisibles consecuencias, más aun si este derecho goza de una protección privilegiada a través de ésta acción de libertad y de la acción de amparo constitucional, en el marco del art. 15.1 de la CPE, por lo cual, corresponde conceder la tutela provisional y temporal que el caso amerita, cuidando la salud del accionante, su atención y preservación.