SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2015-S1

Fecha: 04-May-2015

a)

Juan Carlos Montalban, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, manifestó que: a) Respecto a que no se hubiera notificado con el expediente, el juzgado no cuenta con “Auxiliar II”, y recién el 24 de septiembre de 2014, se constituyó el mismo, disponiéndose la notificación de todos los expedientes pendientes, incluido del accionante; b) Causó extrañeza que no se hubiera remitido el expediente y notificado a las partes con la recusación hasta el 7 de octubre, no pudo dar seguimiento debido a que en distintas fechas tuvo que suplir a otros juzgados, señalando además que desde el “día martes 15”, se encontraba en comisión en la ciudad de Sucre; y, c) Presentó el oficio de remisión del expediente al Juez siguiente en número; por otra parte, el juzgado atiende aproximadamente cuatro mil causas, dentro de las cuales el Consejo les había provisto en forma mensual mil hojas de fotocopias, que son destinadas a cesaciones de libertad, reiterando que no tuvo intención de perjudicar a la parte accionante.