SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S3

Fecha: 04-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señalaron que estando realizando sus actividades con normalidad se les curso el 8 de agosto de 2014, los memorándums RRHH 0152/2014 y RRHH 0153/2014, ambos de “5” de agosto del referido año, los cuales fueron emitidos por los ahora demandados por supuestamente transgredir los arts. 61 inc. 4) y 69 incs. 1) y 3) del Reglamento Interno de Trabajo; 16 inc. e) de la Ley General de Trabajo (LGT); e, incumplimiento al procedimiento de crédito PR-CRE-022 y PR-CRE-023 así como al contrato de trabajo, determinándose de manera intempestiva su desvinculación laboral, sin considerar que son padres que tienen bajo su cargo hijos de ocho y diez meses de edad.

Refirieron que, esta situación de inamovilidad laboral era de pleno conocimiento del empleador ya que se estaba cancelando a su favor los subsidios de lactancia correspondientes, que de manera inmediata a la entrega de los memorándums de despido se cursó a la Caja de la Banca Privada la baja, restringiendo así el seguro médico del cual gozaban sus hijos, además de ello se les suprimió el pago de las asignaciones de lactancia que les correspondía aún.

Al estar protegidos por la normativa vigente, acudieron ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Tarija denunciando estas ilegalidades, instancia que llegó a conminar a los demandados a reincorporarlos a sus puestos de trabajo de manera inmediata más el pago de sueldos devengados y demás derechos sociales.