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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S3

    Fecha: 04-May-2015

    II.1.

    II.1. Memorándums RRHH 0152/2014 y RRHH 0153/2014 ambos de 8 de agosto, correspondientes a Jaime Barrios Jaramillo y Mabel Meriles Laime, respectivamente, -hoy accionantes- por los que se rescinde la relación laboral que tuvieron con el Banco Fassil S.A., ello en cumplimiento a la Resolución 13/2014 de 28 de julio (fs. 3 y 4).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sub reglas jurisprudenciales en la protección del derecho a la inamovilidad laboral establecida en el art. 48.VI de la CPE
    • 3)En aquellos casos en que la trabajadora o trabajador, fuera sometido a un proceso interno dentro el cual se determine su despido por una de las causales establecidas en el art. 16 de la LGT y art. 9 del DR, en su caso por vulneración a su Reglamento Interno, el procedimiento previsto por el DS 0495, no será aplicable; debiendo la trabajadora o trabajador, que estime que su destitución fue ilegal o injustificada, incoar la correspondiente demanda de reincorporación ante la judicatura laboral
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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