SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S2

Fecha: 21-May-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la vulneración del derecho a la libre locomoción por la falta de celeridad en la tramitación de su solicitud de libertad, manifestando que ante la solicitud efectuada por la Embajada del Perú, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, por Auto Supremo 01/2015 de 20 de enero, modificada por el Auto Supremo 14/2015 de 21 de enero, dispuso su detención domiciliaria con fines de extradición; no obstante, señala que por Resolución 11-2015 de 6 de febrero, dictada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia del Perú, se declaró improcedente la solicitud de extradición activa en su contra, misma que presentó el 9 de febrero de 2015, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, solicitando por ello se disponga su libertad inmediata, recibiendo respuesta que debía presentar fotocopias legalizadas de dicha Resolución, petición que fue cumplida el 12 de febrero del presente año, y a pesar de ello, “hasta el presente” (sic) (sic) (19 de febrero de 2015), la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia no se pronunció, incumpliendo su deber de tramitar con celeridad una solicitud de libertad, razón por la que considera vulnerado su derecho a la libertad, extremo que resulta contrario a la jurisprudencia uniforme del Tribunal Constitucional referida a esta problemática.