SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2015-S1
Fecha: 22-May-2015
I.2.2. Informe de los demandados
Pablo Carrasco Quintana, en representación de Vasili Viacheslav Kitaigorod Pérez, puntualizó que, el accionante fue destituido por infracción del art. 16. c) y e) de la LGT y 9 de su Decreto Reglamentario, por haber consumido bebidas alcohólicas en la obra y conducir en estado de ebriedad causando daño económico a la empresa, razón por la que habría sido sometido a proceso interno, conforme al reglamento de la empresa, otorgándole el derecho a la defensa y el debido proceso. Por otro lado, indicó que el actor previamente, debió acudir a la judicatura del trabajo para cuestionar si el despido fue justificado o no, antes de acudir a la justicia constitucional; por lo que, encontrándose pendiente la resolución del recurso jerárquico contra la Resolución de 18 de agosto de 2014, por el principio de subsidiariedad solicitó se deniegue la acción de amparo constitucional con imposición de costas y penalidades de ley.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió en parte
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Del Derecho al trabajo en el Estado Social de Derecho
- III.3. La reincorporación laboral en la vía administrativa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR