SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2015-S3
Fecha: 12-May-2015
II.3.
II.3. Mediante nota OMDH-DDM-PAIF-4-313/2014 de 4 de septiembre, Janett Zeballos Pareja, Trabajadora Social del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz -hoy codemandada-, informó al Juez de la Niñez y Adolescencia de San Antonio Distrito 4, que producto de la denuncia presentada por Gabino Pusarico Sirpa (referida en el punto que antecede), se dirigieron al domicilio del menor a efectos de indagar respecto a la denuncia, dejándose “…'por debajo de la puerta'…” (sic) citación al padre del menor; empero, éste no se presentó, y en una ocasión pudieron comunicarse con el mismo pero se encontraba en estado de ebriedad y se le dejó otra citación; seguidamente, volvieron a contactarse con el padre, mostrándose agresivo negó las denuncias y se comprometió a presentarse a la Defensoría, pero ello nunca sucedió; ante esa situación, Julia Paucara Manzaneda, Psicóloga de la misma Defensoría -demandada- se constituyó en la Unidad Educativa del menor para corroborar las denuncias y evidenciadas las mismas el menor fue llevado provisionalmente al Albergue Transitorio de la Línea 156 (fs. 20); asimismo, cursa memorándum de internación provisional de igual fecha, suscrita por Julia Paucara Manzaneda, Psicóloga de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz -ahora co-demandada- dirigida al albergue Línea 156, solicitando acoger al menor AA (fs. 25).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio del interés superior del menor en el contexto de excepcionales separaciones de su núcleo familiar
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR