Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Luis Berrios Castro, Oficial de Diligencias del Juzgado Mixto de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Uyuni del departamento de Potosí, mediante representación de 7 de noviembre de 2014, cursante a fs. 12, refirió que el 6 del referido mes y año a horas 21:50, el Fiscal de Materia, presentó la imputación formal en su domicilio y que la autoridad demandada se encontraba declarado en comisión por CITE-UC-619/2014 y Circular JAF 01/2014, para asistir al cierre presencial de Potosí de carácter obligatorio hasta la presente fecha.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Informe del Fiscal de Materia
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- administrativos
- III.2. Inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR