Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes a través de sus representantes, alegan la vulneración de su derecho a la libertad; ya que dentro del proceso penal que se les sigue por la presunta comisión del delito de hurto agravado, habiéndose presentado la imputación formal, la autoridad judicial demandada no resolvió su situación jurídica dentro del plazo establecido en el art. 226 del CPP, encontrándose detenidos de forma ilegal e indebida. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si se debe conceder o denegar la tutela peticionada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Informe del Fiscal de Materia
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- administrativos
- III.2. Inversión de la carga de la prueba en la acción de libertad: La parte demandada debe desmentir o al menos negar los hechos por encontrarse en poder de la información o prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR