Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
2º Disponer
2º Disponer que la autoridad demandada ordene la valoración médica forense de la accionante, sea dentro de un plazo razonable, para que la autoridad judicial a cuyo cargo se encuentre el control jurisdiccional de la causa, pueda resolver sobre la pertinencia o no de la salida médica, conforme al razonamiento de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que la situación ya se hubiese definido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III.1. La justicia constitucional se activa directamente cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
- III.2. Autoridades judiciales deben garantizar la protección del derecho a la vida de los privados de libertad
- III.3. La acción de libertad correctiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º Disponer