Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
II.1.
II.1. Consta informe médico del Director de la Clínica Álvarez, a requerimiento fiscal, certificando que Josefina Villazón Parra -actual accionante- ingresó al servicio el 8 de julio de 2012, con un cuadro clínico caracterizado por presentar convulsiones tónico clónico y en aparente estado de inconsciencia, diagnosticando Síndrome convulsivo, decidiendo su internación y solicitando valoración y conducta por neurología (fs. 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III.1. La justicia constitucional se activa directamente cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
- III.2. Autoridades judiciales deben garantizar la protección del derecho a la vida de los privados de libertad
- III.3. La acción de libertad correctiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º Disponer