Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0539/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Maddy Heidi Montaño Villarroel, Jueza Mixta de Instrucción, Liquidadora y cautelar de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba, por informe de 25 de octubre de 2014, cursante de fs. 20 a 21, señaló que, el memorial de 13 de octubre de 2014, se presentó sin ninguna documentación que respalde la solicitud de salida, ni antecedentes del Penal, respecto de los ataques y desmayos referidos por la imputada -ahora accionante-.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- III.1. La justicia constitucional se activa directamente cuando se acredite la amenaza al derecho a la vida
- III.2. Autoridades judiciales deben garantizar la protección del derecho a la vida de los privados de libertad
- III.3. La acción de libertad correctiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2º Disponer