SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0556/2015-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0556/2015-s2

Fecha: 26-May-2015

Fragmento 13

             La SCP 0202/2014-S2 de 1 de diciembre, sobre la legitimación pasiva en casos emergentes de procesos judiciales, establece: Para activar una acción de defensa como es el amparo constitucional, se deben cumplir lineamentos procesales al efecto, establecidos en el art. 33 del Código Procesal Constitucional (CPCo.), precepto que prevé los requisitos de forma y contenido que deben observarse para la presentación de la acción; así, es imprescindible acreditar la personería del accionante, el nombre y domicilio de la parte demandada o su representante legal si fuera una persona jurídica, efectuar una relación fáctica de los hechos motivo de la acción relacionados con la presunta vulneración de los derechos y/o garantías constitucionales, adjuntar los elementos de prueba sobre los que se funda la acción, así como fundamentar con precisión la tutela requerida.