Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2015-S3
Fecha: 26-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante, señaló como lesionado su derecho a la libertad, al haber sido detenido por guardias forestales y la funcionaria policial demandada, siendo conducido a dependencias de la FELCC de la localidad de Tiquipaya del departamento de Cochabamba, para ser trasladado posteriormente a la FELCC de dicho departamento, siendo privado de su libertad por más de ocho horas, sin darle explicación alguna de su detención, a su vez no se le permitió hablar con su abogado a quien tampoco se le dio razón de su detención.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control jurisdiccional de la investigación se encuentra a cargo del Juez cautelar dentro de un proceso penal
- corresponde ser denunciadas ante el juez cautelar de turno
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR