Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0558/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
II.5.
II.5. El Auto Supremo 108, que declaró infundados los recursos interpuestos por los procesados, con el argumento que el Tribunal de apelación tenia convicción de la culpabilidad de Carlos Humberto Añez Campos, no siendo pertinente anular totalmente la Sentencia 005/007 y disponer que se habrá nuevo juicio, pues no sería evidente que el Tribunal ad quem haya incurrido en defecto absoluto, porque no habría revalorizado la prueba y cumplido con las exigencias de motivación (fs. 235 a 237 del Anexo).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR en todo