AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2015-RCA

Fecha: 15-Jun-2015

1)

Las accionantes (junto a Juanito Montaño Arias), refieren que: 1) Existe una inadecuada interpretación de los arts. 129.II de la CPE y 55.I del CPCo, debido a que conocieron el hecho vulnerador de derechos “…aproximadamente dos meses atras…” (sic), de dicha Sentencia ejecutoriada; por lo que, se encuentran dentro el plazo para interponer el presente recurso; y, 2) No         se interpuso el recurso que dispone el art. 297 del CPC, debido a que el        art. 298 de la misma norma refiere presentarlo dentro de un año fatal desde la ejecución de la Sentencia; por lo que, transcurrieron más de cuatro años; puesto que, tuvieron conocimiento del proceso civil recientemente.