Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2015-RCA
Fecha: 17-Jun-2015
I.3. Petitorio
Solicita su admisión y “…se determine la nulidad de todos los actos desarrollados a partir de la fase del juicio oral hasta la emisión del Auto Supremo hasta consiguiente facción de Mandamiento de Condena; en efecto se realice nuevo juicio…” (sic), declare la nulidad del proceso penal inclusive la anulación del mandamiento de condena y el Auto Supremo, pidiendo nueva realización del juicio penal en su contra.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. De los requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
- requisitos formales
- II.3. El petitorio en la acción de amparo constitucional
- “no es obligatoria la notificación personal, por cuanto la notificación en tablero es legal y no vulnera el derecho a la defensa”
- la única relación de los hechos no es suficiente para fundamentar o precisar de qué manera éstos fueron vulnerados, suprimidos o restringidos
- CONFIRMAR