AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2015-CA
Fecha: 17-Jun-2015
Fragmento 9
En mérito a lo desarrollado precedentemente, se establece que la acción presentada por Maykool Velásquez León, no cumplió con los requisitos indispensables para un análisis y pronunciamiento de fondo, puesto que se limitó a efectuar una simple mención sobre una supuesta lesión de los preceptos constitucionales invocados, sin realizar una fundamentación jurídico-constitucional mediante el contraste respectivo, que exponga de manera concreta la vulneración de los principios constitucionales invocados, tampoco demuestra una duda razonable, ni una vinculación del término “dependencia” incurso en el tipo penal observado como inconstitucional con la decisión a ser asumida en el proceso penal que se sustancia en su contra, correspondiendo el rechazo de la acción de inconstitucionalidad concreta.
- Tribunal de Sentencia Penal de Tupiza del departamento de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- DEPENDENCIA
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- Fragmento 9
- RATIFICAR