Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0243/2015-CA
Fecha: 17-Jun-2015
II.3. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, el accionante solicitó se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta contra la segunda parte del párrafo primero del art. 261 del CP, modificado por la Ley 264, por ser supuestamente contrario a los arts. 8, 13, 115.I y II, 116.I, 117.I, 119.I y II, 120.I, 180.I, 256.I; y, 410.I de la CPE.
- Tribunal de Sentencia Penal de Tupiza del departamento de Potosí
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- DEPENDENCIA
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- Fragmento 9
- RATIFICAR