SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2015-S1

Fecha: 01-Jun-2015

i)

Al no encontrase en audiencia María Eugenia Rudiez Vda. de Elorz, Gerente Propietaria de la Empresa Industrias Venado S.A.; Marisol Chicchi León representante legal de esta empresa a través de su abogado manifestó lo siguiente: i) Considera que la presente acción incumple el principio de inmediatez; ii) No se observa el principio de subsidiariedad; iii) Refiere que el accionante consciente de las faltas cometidas, presentó una carta pidiendo disculpas a la empresa; iv) La Conminatoria no contaba con los fundamentos necesarios; v) Las pruebas deben ser valoradas por la judicatura laboral siendo los jueces del trabajo los que privativamente tienen competencia para conocer y resolver hechos controvertidos; y, vi) La intervención del Ministerio del Trabajo es sólo en la vía conciliatoria, por lo que solicita se deniegue la presente acción de amparo constitucional.