Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0586/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
II.2.
II.2. Resolución 169/2013 de 16 de abril, pronunciada por el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, que dispuso rechazar el incidente de actividad procesal defectuosa y declarar: improbada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, misma que refiere que el último pago a cuotas realizado por la accionante a favor de la víctima fue el 2007 (fs. 290 a 293).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III.
- Fragmento 10
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La prescripción de la acción penal
- III.3. La estafa y su caracterización como delito instantáneo
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR