Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2015-S3
Fecha: 05-Jun-2015
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, al acceso a la justicia, a la libertad, a ser juzgado sin dilaciones indebidas, y los principios de seguridad jurídica, legalidad y celeridad, citando al efecto los arts. 24, 115, 120, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos( PIDCP); XXI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho y acción de libertad innovativa. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2°