Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo se deje sin efecto el acta de posesión y entrega de 22 de noviembre de 2014 a favor de los señores Gerónimo Soza y Genoveva Urzagaste, quedando restituido su derecho propietario, más la imposición de daños, perjuicios y costas; asimismo, en audiencia solicitó se restituya el agua y todos los actos de riego y siembra.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Leonardo Soto,
- Gerónimo Soza y Genoveva Urzagaste,
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El rol de la justicia constitucional en el Estado Constitucional de Derecho, a través de la acción de amparo constitucional cuando se denuncian acciones vinculadas a medidas o vías de hecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo
- REVOCAR en parte