Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0607/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración a su derecho a la propiedad, por cuanto sufrió el avasallamiento de su terreno ubicado en la comunidad de Selocha del departamento de Potosí, por cuanto las autoridades demandadas, mediante acta de 22 de noviembre de 2014, procedieron a la entrega y posesión de su terreno a favor de Gerónimo Soza y Genoveva Urzagaste -hoy terceros interesados-.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Leonardo Soto,
- Gerónimo Soza y Genoveva Urzagaste,
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El rol de la justicia constitucional en el Estado Constitucional de Derecho, a través de la acción de amparo constitucional cuando se denuncian acciones vinculadas a medidas o vías de hecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- que tengan posesión legal o derecho propietario colectivo
- REVOCAR en parte